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OTROS TEMAS FISCALES
(26-07-1999)
Juan Costa no informó al Congreso sobre
su asesoría fiscal mientras fue diputado El secretario de Estado de Hacienda, Juan Costa, no informó sobre sus actividades profesionales como asesor fiscal al Congreso de los Diputados durante su etapa como diputado del Partido Popular por Castellón en la anterior legislatura, entre los años 1993 y 1996. Así se desprende del examen de su declaración de actividades que consta en el Registro de Intereses de la Cámara Baja, que todos los parlamentarios nacionales están obligados a presentar individualmente al inicio y al final de su mandato. El 13 de diciembre de 1993, cinco meses después de acceder a su acta de diputado, el parlamentario Costa, entonces de 28 años de edad, creó una empresa, Juan Costa Climent y Compañía, Sociedad de Responsabilidad Colectiva, domiciliada en Castellón, de la cual figuró siempre como administrador único, puesto del que dimitió el 28 de junio de 1996, mes y medio después de ser nombrado secretario de Estado de Hacienda, como paso previo a la liquidación de esta sociedad, tal como informó este diario el pasado 5 de junio. El ejercicio de este cargo público, uno de los más altos en el Gobierno tras la condición de ministro, es incompatible con la propiedad de una empresa de asesoramiento fiscal. El objeto social de la empresa de Costa era precisamente ese: « actividad de asesoramiento fiscal legal», según consta en los documentos de constitución de la sociedad. Omitir la información Sin embargo, Costa omitió en todo momento durante la legislatura informar al Congreso de los Diputados de la creación de esta empresa, así como el cargo directivo de administrador único en la sociedad. La ley orgánica de régimen general electoral (Loreg) establece la obligación de declarar ese tipo de actividad a la Cámara para recibir, si se estima oportuno, autorización. Se da la circunstancia de que en esa legislatura, con el PP en la oposición, Costa actuó como portavoz del grupo parlamentario popular en la comisión de Hacienda. En ese puesto se ganó la confianza del portavoz del PP, Rodrigo Rato, posteriormente vicepresidente segundo y ministro de Economía y Hacienda, quien le nombró para un cargo de máxima confianza. Advertencia del Congreso El diputado Juan Costa adoptó esa actitud tras recibir una serie de consideraciones por parte de la Comisión del Estatuto del Diputado, instancia interna del Congreso de los Diputados que controla las declaraciones de actividades presentadas por los parlamentarios, sobre su inicial declaración de actividades. Concretamente, el diputado por Castellón, en su declaración inicial del 23 de junio de 1993, marcó la casilla afirmativa a la pregunta de si « alguna actividad de gestión, defensa, dirección o asesoramiento ante cualesquiera organismos o empresas del sector público, estatal, autonómico o local». Ante el requerimiento, en caso afirmativo, de especificar la actividad escribió: «ía fiscal». Es más, a otra pregunta del cuestionario relativa a si el diputado «ña alguna actividad por cuenta propia que no esté comprendida en los apartados precedentes (ejercicio de profesión liberal, comercio, actividad artística, etc.)», el parlamentario castellonense volvió a responder afirmativamente, con esta explicación: «. Asesoría mercantil y fiscal. Profesor colaborador en el Instituto de Empresa». Requerimiento parlamentario La citada comisión parlamentaria le requiere el 29 de septiembre de 1993 que aclare si sus actividades manifestadas de asesor fiscal están comprendidas entre las citadas por el artículo 159.2 de la Loreg de relación con organismos públicos. El diputado Costa contesta, el 25 de octubre posterior, que « el ejercicio independiente de mi profesión no desempeño ninguna de las actividades comprendidas en las letras a) a f) inclusive del artículo 159.2 de la Loreg». Y añade: « la actualidad no ostento la condición de trabajador por cuenta ajena en ninguna compañía o empresa de titularidad individual». En su contestación, el 16 de noviembre de 1993 la mencionada comisión parlamentaria le otorga autorización en tanto que el diputado asegura no tener ninguna actividad declarada incompatible en el citado artículo de la Loreg. Pero se le insiste: « poder en ningún caso en el disfrute de esta autorización incurrir en actividades comprendidas en el artículo 159.2 de la citada Loreg, ni poder percibir honorarios o cualquier otra forma de remuneración del sector público estatal, autonómico o local». Menos de un mes después, el 13 de diciembre de ese año, Juan Costa constituye, junto a un socio, Emilio Álvarez Arjona, la sociedad de asesoramiento fiscal, a la que identifica con su propio nombre. Sin embargo, en su declaración de actividades no se produce ninguna modificación, por lo que omite informar al congreso de su nueva actividad como asesor fiscal, pero esta vez como creador y socio de una sociedad con ese fin. En la obligatoria declaración de actividades al cierre de la legislatura, a principios de 1996, tampoco queda reflejada esta circunstancia. |